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La Coctelera

Las funciones de los Auxiliares de Enfermería en las Instituciones Sanitarias Abiertas serán:

  1. La recogida y orientación personal de los enfermos.

  2. La recepción de volantes y documentos para la asistencia de los enfermos.

  3. La distribución de los enfermos para la mejor ordenación en el horario de visitas.

  4. La escritura de libros de registro, volantes, comprobantes o informes.

  5. La limpieza de vitrinas, material e instrumental.

  6. La preparación de ropas, vendas, apósitos y material de curas.

  7. Recogida de datos clínicos, limitados exclusivamente a los termométricos y a aquellos signos obtenidos por inspección no instrumental del enfermo, para cuya obtención hayan recibido indicación expresa de las Enfermeras o Ayudantes Técnicos Sanitarios, así como orientación del Médico responsable.

  8. Recogida de los signos y manifestaciones espontáneas de los enfermos sobre sus síntomas, limitándose a comunicarlos al Médico, Enfermera o Ayudante Técnico Sanitario de quien dependan.

  9. En general, todas aquellas actividades que, sin tener un carácter profesional sanitario, vienen a facilitar las funciones del Médico y de la Enfermera o Ayudante Técnico Sanitario.

Funciones de auxiliar de enfermeria

  1. Realizar el aseo y limpieza de los enfermos, ayudando al Personal Auxiliar Sanitario Titulado, cuando la situación del enfermo lo requiera.

  2. Llevar las cuñas a los enfermos y retirarlas, teniendo cuidado de su limpieza.

  3. Realizar la limpieza de los carros de curas y de su material.

  4. La recepción de los carros de comida y la distribución de la misma.

  5. Servir las comidas a los enfermos, atendiendo a la colocación y retirada de bandejas, cubiertos y vajilla; entendiéndose que dicha retirada se efectuará por el personal al que corresponda desde la puerta de la habitación de los enfermos.

  6. Dar la comida a los enfermos que no puedan hacerlo por sí mismos, salvo en aquellos casos que requieran cuidados especiales.

  7. Clasificar y ordenar las lencerías de planta a efectos de reposición de ropas y de vestuario, relacionándose con los servicios de lavadero y planta, presenciando la clasificación y recuento de las mismas, que se realizarán por el personal del lavadero.

  8. Por indicación del Personal Auxiliar Sanitario Titulado colaborará en la administración de medicamentos por vía oral y rectal, con exclusión de la vía parenteral. Asimismo podrá aplicar enemas de limpieza, salvo en casos de enfermos graves.

  9. Colaborar con el Personal Auxiliar Sanitario Titulado y bajo su supervisión en la recogida de los datos termométricos. Igualmente recogerán los signos que hayan llamado su atención, que transmitirá a dicho personal, en unión de las espontáneas manifestaciones de los enfermos sobre sus propios síntomas.

  10. Colaborar con el Personal Auxiliar Sanitario Titulado en el rasurado de las enfermas.

  11. Trasladar, para su cumplimiento por los Celadores, las comunicaciones verbales, documentos, correspondencia y objetos que les sean confiados por sus superiores.

  12. En general, todas aquellas actividades que, sin tener un carácter profesional sanitario, vienen a facilitar las funciones del Médico y de la Enfermera o Ayudante Técnico Sanitario.

  13. http://www.youtube.com/watch?v=1lK_-KNQG0g

Modulos:

  • http://www.youtube.com/watch?v=Y0UZ0r1ojKAOperaciones administrativas y documentación sanitaria (2 horas)

Técnicas básicas de enfermería (11 horas)

Higiene del medio hospitalario y limpieza del material (5 horas)

Promoción de la salud y apoyo psicológico al paciente (4 horas)

Técnicas de ayuda odontológica/estomatológica (4 horas)

Relación en el entorno de trabajo (2 horas)

Formación y orientación laboral (2 horas)

Formación en centros de trabajo (440 horas en el primer trimestre del segundo curso

 

 

Un poco de Historia... Del AUXILIAR DE CLÍNICA al TÉCNICO EN CUIDADOS AUXILIARES DE ENFERMERÍA

 

 

 

Años 60

Aparición de los primeros Auxiliares de Clínica, sin formación académica alguna exigida. Bajo la dependencia funcional y supervisión de los A.T.S. se dedican a cubrir las necesidades más básicas de los pacientes.

1973

Aprobación del Estatuto de Personal Sanitario No Facultativo de la Seguridad Social (Orden del Ministerio de Trabajo de 26 de Abril de 1973) en el que por primera vez legislativamente se recoge la figura del Auxiliar de Clínica.

1975

Inicio de la formación profesional del Auxiliar de Clínica con la puesta en marcha del Título de Formación Profesional, Rama Sanitaria (FP I)

1984

Exigencia del título de FP, Rama Sanitaria (FP I) a todos aquellos trabajadores Auxiliares de Clínica que pretendan trabajar en instituciones sanitarias de la Seguridad Social.

1986

La Orden de 26 de Diciembre de 1986 del Ministerio de Sanidad y Consumo crea la categoría profesional del Auxiliar de Enfermería sustituyendo a la de Auxiliar de Clínica, produciéndose así la plena integración en los equipos de enfermería.

1990

La Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo (LOGSE) produce cambios importantes en la enseñanza reglada de la FP en España. Mediante los Decretos 546/1995 y 558/1995 se establece el currículo formativo y la nueva denominación del título: Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería.

 

Requisitos para acceder a este ciclo formativo:
Técnico en Cuidados Auxiliares de Enfermería

DE FORMA DIRECTA:

 

Título de Graduado en Educación Secundaria

Haber superado 2º de Bachillerato Unificado y Polivalente

Título de Técnico

Título de Técnico Auxiliar

Otros estudios equivalentes a efectos académicos

 

ciclo formativo tecnico auxiliar de oficina de farmacia

Plan de Formación.

En el centro educativo, a través de una formación teorico-práctica. Los contenidos se agrupan en los siguientes módulos profesionales:

- Procedimientos administrativos y de control de existencias en establecimientos de farmacia.
- Dispensación y venta de productos farmacéuticos y parafarmacéuticos.
- Elaboración de preparados farmacéuticos y parafarmacéuticos en establecimientos de farmacia.
- Realización de análisis clínicos elementales bajo la supervisión del facultativo.
- Promoción de la salud y apoyo psicológico a las personas.
- Formación y Orientación Laboral (F.O.L.).

En empresas, al finalizar la formación en el centro educativo, completándola y realizando actividades propias de la profesión:

Formación en Centros de Trabajo (F.C.T.).

Competencias Profesionales

Este profesional será capaz de:

- Diligenciar y controlar los productos, facturación e información en establecimientos de farmacia.
- Dispensar medicamentos y productos de parafarmacia, informar a los clientes sobre su utilización, determinar parámetros anatómico-fisiológicos sencillos y fomentar hábitos saludables en los clientes.
- Elaborar preparados medicamentosos, dietéticos y cosméticos, bajo protocolos establecidos y supervisión del facultativo.
- Realizar análisis clínicos elementales y normalizados, bajo la supervisión del facultativo.